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Viernes 13 de Enero de 2023

El Gobierno aprueba el Real Decreto que regula las Zonas de Bajas Emisiones - ZBE

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 27 de diciembre, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), el Real Decreto que regula las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de contaminantes regulados deberán adoptar antes de 2023 Planes de Movilidad Urbana Sostenible, PMUS, que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo, entre otras, el establecimiento de zonas de bajas emisiones.

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El Consejo de Ministros aprobó el pasado 27 de diciembre, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), el Real Decreto que regula las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de contaminantes regulados deberán adoptar antes de 2023 Planes de Movilidad Urbana Sostenible, PMUS, que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo, entre otras, el establecimiento de zonas de bajas emisiones.

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 14.3 de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que recoge el establecimiento de estas zonas, se entiende por ZBE el ámbito delimitado por una Administración pública, en ejercicio de sus competencias, dentro de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero, conforme a la clasificación de los vehículos por su nivel de emisiones de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Vehículos vigente.

El desarrollo del real decreto aprobado define unos objetivos concretos y cuantificables en el ámbito de las zonas de bajas emisiones, que puedan ser convenientemente monitorizados y evaluados, y establece los requisitos mínimos que deben cumplir estas zonas en aspectos clave como extensión, la delimitación o las condiciones de acceso, aportando seguridad jurídica a particulares y empresas mediante una legislación homogénea en todo el territorio nacional.

El RD-L tiene su base técnica en un documento previo elaborado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) junto a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP): Directrices para la Creación de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE); que fue presentado en noviembre de 2021.

El texto del real decreto se ha sometido a participación pública entre el 21 de abril y el 13 de mayo de 2022. Se han recibido comentarios y propuestas procedentes de 157 particulares, asociaciones, empresas y entes públicos. También ha sido sometido al trámite de audiencia a comunidades autónomas, entidades locales y entidades representativas de sectores afectados, desde el 26 de abril hasta el 17 de mayo de 2022. Y se han recabado los informes de los ministerios concernidos.